https://youtu.be/hv29OepsWmU
Servicio de Roaming Internacionalsus respectivos anexos.
La empresa operadora solo podrá activar o desactivar el servicio de roaming internacional previa solicitud expresa del abonado utilizando los mecanismos de contratación previstos en elLa empresa operadora no podrá incluir en el contrato de abonado, cláusulas referidas al servicio de roaming internacional. El servicio de roaming internacional deberá ser contratado a través de un mecanismo de contratación específico y distinto al contrato de abonado principal y sus respectivos anexos.
Cuando el abonado solicite la activación del servicio, la empresa operadora deberá informarle respecto a su derecho a elegir el plazo de duración de dicha activación. En estos casos, la empresa operadora deberá indicar al abonado en forma expresa, las siguientes opciones: (i) activación por el plazo que éste señale, y (ii) activación a plazo indeterminadoLa activación o desactivación del servicio de roaming internacional se efectuará en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas siguientes a la realización de la referida solicitud.

